En caso de ofrecer vacaciones aumentadas y estas sean inferiores a las establecidas en la ley laboral, deberán ajustarse a los días que se encuentran vigentes en el ordenamiento laboral. Y necesariamente deberá realizarse un adendum o modificación de condiciones laborales. 

El senador Ricardo Monreal, solicitó posponer la discusión de la iniciativa para aumentar de seis a doce días las vacaciones, con el argumento de “llevar a cabo un mejor análisis sobre el tema”. 

Se espera que en la siguiente reunión se dé primera lectura para avanzar con la discusión y avance el proceso legislativo para que pueda ser vigente a partir de enero del 2023. 

¿Cómo quedarían los días de vacaciones?

Se pretende que sean 12 días de descanso durante el primer año de trabajo, aumentando a dos hasta llegar a los 20 días, pasando 6 años se sumarán dos días por cada cinco años, mismos que quedarían de la siguiente manera:

  • Año 1:12 días
  • Años 2: 14 días
  • Años 3: 16 días
  • Años 4: 18 días
  • Años 5: 20 días
  • Años 10: 22 días
  • Años 15: 24 días
  • Años 20: 26 días

¿Qué cambios tendría que realizar el patrón?

El primero de ellos es revisar los contratos laborales, ya que en muchos casos redactaron que la persona trabajadora gozará de seis días de vacaciones. Indudablemente, deberá efectuarse la modificación. En caso, de que la redacción remita al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, se sugiere realizar un comunicado para informarles a los trabajadores a partir de cuándo están vigentes el aumento de vacaciones. 

Por otra parte, se deberá realizar “un corte” de vacaciones a través de la constancia de vacaciones, para indicarle a las persona trabajadoras su antigüedad, los días que cuenta y en qué periodo podrá disfrutarlas. 

En caso de ofrecer vacaciones aumentadas y estas sean inferiores a las establecidas en la ley laboral, deberán ajustarse a los días que se encuentran vigentes en el ordenamiento laboral. Y necesariamente deberá realizarse un adendum o modificación de condiciones laborales. 

Cualquier acuerdo que señale un período inferior de vacaciones, será nulo. 

La iniciativa tiene buenas intenciones, ya que trata de ajustarse a los estándares mínimos recomendados por la OIT, pues ésta señala que el descanso mínimo es de 18 días. 

Recordemos que aún no está aprobada esta iniciativa, sin embargo, se tienen grandes expectativas por el impacto que representa. 

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