El objetivo de la NOM 037, es establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que deberán aplicarse en los lugares en los que las personas trabajadoras realicen actividades bajo la modalidad de Teletrabajo; es decir, que realicen sus tareas de trabajo en un lugar distinto al centro laboral utilizando las tecnologías de la información y comunicación para el contacto y mando entre la persona trabajadora y la persona empleadora. Lo anterior a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral.

Los puntos que se destacan de la NOM 37 son:

Condiciones de seguridad y salud

La normativa resalta la importancia de que los espacios designados por mutuo acuerdo entre el trabajador y el empleador para llevar a cabo labores en esta modalidad, se mantengan en óptimas condiciones en lo que respecta a instalaciones eléctricas, asegurando adecuada iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas. Además, se podrán llevar a cabo inspecciones periódicas para verificar la implementación de condiciones apropiadas con el fin de prevenir posibles riesgos provocados por agentes físicos, ergonómicos y/o psicosociales. 

Agentes físicos

  • Disponer de un área de trabajo que se encuentre:
  • Limpia y ordenada
  • Iluminada
  • Ventilada
  • Nivel de ruido que no impida la concentración

Factores de Riesgo Psicosocial

  • Disponer de un espacio físico con privacidad
  • Perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y laboral
  • Contar con mecanismos de comunicación sobre casos de violencia familiar
  • Contar con pausas y tiempo de descanso
  • Derecho a la desconexión

Factores de Riesgo Ergonómico

  • El lugar de trabajo al menos debe contar con:
  • Escritorio, mesa o plano de trabajo
  • Silla ergonómica
  • Aditamentos postulares y ergonómicos

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Obligaciones del Patrón

  • Contar con un listado actualizado de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo, así como de los equipos de cómputo. 
  • Informar a las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo y a Comisión Mixta de Seguridad e Higiene (CMSH) sobre los riesgos y la posible exposición a agentes y factores de riesgo ergonómico y psicosocial.  
  • Cumplir con las condiciones esenciales en el lugar de trabajo, como contar con conectividad y establecer mecanismos de comunicación con las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.
  • Establecer la duración del horario de labores pactado, y/o la distribución convenida de los horarios de las jornadas de trabajo de estas.
  • Permitir la conciliación de la vida personal de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.
  • Contar con la Lista de verificación de las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), otorgar las facilidades a la CMSH para que realice la validación de la lista de verificación y evaluación de los posibles riesgos;  cumpliendo  con las medidas de seguridad e higiene en el lugar de trabajo establecidas por la CMSH.
  • Establecer y documentar programas y la manera de proporcionar mantenimiento a los equipos para el manejo de las TIC proporcionadas a las personas teletrabajadoras. 
  • Brindarles capacitación, al menos una vez al año, sobre las condiciones de SST en su lugar de trabajo.
  • Compartir la siguiente documentación a las personas integrantes de la CMSH: Lista de verificación, la validación de la lista de verificación, evidencia fotográfica o de video, y los listados que comprueben los bienes y equipos de cómputo proporcionados. 
  • Contar con mecanismos de atención en casos de violencia familiar que consideren el retorno a la modalidad presencial. 

La Política de la empresa deberá incluir por escrito una línea de acción para implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo y entre las personas trabajadoras:  

  • Los mecanismos de comunicación (evitar aislamiento).
  • Derechos colectivos.
  • Prevención de riesgos.
  • Privacidad personal.
  • Reglas de contacto y supervisión.
  • Aviso de cambio de domicilio.
  • La reversibilidad de la modalidad de teletrabajo a presencial, en situaciones en las cuales el lugar propuesto por el trabajador no cumpla con los requisitos de seguridad y salud laboral, será posible regresar a la modalidad de trabajo presencial.
  • Igualdad y perspectiva de género.
  • Jornadas y desconexión digital.
  • Promoción de vigilancia y salud.

Obligaciones de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.

  • Otorgar su consentimiento por escrito para que se realice la comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en el lugar donde vaya a desempeñar sus funciones.
  • Cumplir con la Política de Teletrabajo.
  • Informar sobre cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
  • Resguardar y conservar en buen estado los equipos que se le otorguen para el desempeño de sus actividades.
  • Someterse a exámenes médicos que establezca la Norma.
  • Atender los mecanismos de protección de datos establecidos por el patrón.
  • Notificar por escrito y con suficiente antelación al empleador sobre cualquier cambio de domicilio, ya sea de manera permanente o temporal, con respecto al lugar de trabajo previamente convenido.
  • Participar en los procesos de gestión de riesgos asociados a las actividades de teletrabajo.
  • Notificar al empleador y a la Comisión de Seguridad e Higiene acerca de los riesgos laborales experimentados.

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Capacitación y adiestramiento.

La comisión mixta de capacitación, adiestramiento y productividad deberá participar activamente en la impartición de formación sobre el reconocimiento de peligros en el lugar de trabajo, la comprensión y aplicación de la política laboral, así como los conocimientos necesarios para el manejo de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs).

 

Procedimientos de evaluación.

El empleador tendrá la posibilidad de contratar los servicios de una Unidad de Inspección acreditada para evaluar el cumplimiento de los criterios normativos mediante la verificación física, revisión de documentos, registros o entrevistas en las instalaciones del centro de trabajo.

 

¿Cómo se comprueba ante la Secretaria de Trabajo y Previsión Social? 

Se podrá comprobar con los listados de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, la política de teletrabajo, el documento de entrega de equipo y herramientas, informes de riesgos, con el mantenimiento de equipos, así como el reglamento interior de trabajo o contrato colectivo, entre otras. 

 

Entrada en vigor 

La NOM 37 entró en vigor hoy, 5 de diciembre, después de su publicación en el DOF el pasado 8 de junio. Tendrá aplicación en toda la República Mexicana en los centros de trabajo que cuenten con personal en la modalidad de teletrabajo, es decir, aquellas personas trabajadoras que desempeñen más del 40% de su jornada laboral en la modalidad de teletrabajo.

 

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