Con el avance de la tecnología y perfeccionamiento de las prácticas empresariales, resulta importante proteger la Propiedad Intelectual que forma parte del patrimonio de la compañía, especialmente cuando nos referimos a los secretos industriales, los cuales son definidos como: toda información confidencial que signifique la obtención o mantenimiento de una ventaja competitiva o económica frente a terceros”, conforme a Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial publicada el pasado 1 de julio en el Diario Oficial de la Federación y a la aún vigente Ley de la Propiedad Industrial.

De lo cual se entiende como aquella información confidencial que nos otorga una ventaja frente a nuestra competencia, por ejemplo:

  • Métodos o procesos y elementos de fabricación, producción, distribución, etc.
  • Bases de datos, listas de clientes y proveedores.

Los secretos industriales, en mayor o menor medida, son parte de toda empresa y lamentablemente aún se desconoce lo amplio de su alcance, por lo que es recomendable conocer e identificar la información que no queremos que se divulgue, para posteriormente clasificarla y tener un control sobre esta, sin dejar de lado que los secretos industriales no son registrables ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) u otra institución, debido a que implicaría revelar a un tercero el denominado “secreto, arriesgándose a que su contenido se convierta en información del dominio público.

El alto impacto en el valor de cada empresa de sus secretos industriales, gratamente se está visualizando en un avance en su regulación, especialmente en la Ley Federal de Protección de la Propiedad Industrial y el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá.

La protección a los secretos industriales se encuentra a cargo de su titular, recomendando implementar medidas preventivas específicas y estratégicas para asegurar su confidencialidad, a través de los siguientes puntos:

  • Contar con un protocolo operativo y documental para mantener los secretos industriales en estricta confidencialidad, dando acceso a los mismos, únicamente a personas clave en su operación.
  • Contar con cláusulas especiales en los contratos de trabajo.
  • Resguardar la información que compone los secretos industriales.

Si bien, es complicado protegerlos, lo es más demostrar que se ha hecho todo lo posible por mantenerlo como “secreto”, de aquí la importancia de generar evidencia que configure dicho secreto industrial, ya que cada vez son más frecuentes casos de empresarios víctimas de un trabajador, aliado u otro, que les extrajo información confidencial para posteriormente llevar a cabo la réplica de su modelo de negocio, momento en el cual, resalta la importancia de haber contado al menos con un convenio de confidencialidad que bien diseñado, permite al titular iniciar los procedimientos correspondientes en contra de quien está haciendo uso no autorizado de sus aludidos secretos industriales.

Esto no se trata de que nadie más nos haga competencia o de generar un monopolio, al contrario, se busca incentivar la generación de nuevos negocios y una competencia sana y no de forma abusiva o ventajosa de forma desleal.

Autor: Berenice Laymon Montoya, Abogada Senior Manager de Stratego Firma.

Colaboración de la Licenciada Thelma Morales Villa, Abogada en Stratego Firma.

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