La dignificación laboral en las empresas mexicanas -acorde a normas internacionales- y evitar que la tercerización laboral se preste a la deducibilidad falsa, son las dos principales motivaciones que llevaron al Gobierno Federal a plantear la reforma al outsourcing, según la opinión de Salvador López Villaseñor, director general de Stratego Firma.

“(La motivación más importante es) la dignificación laboral en las empresas mexicanas, de acuerdo a las normas internacionales, incluyendo las del T-MEC. Ya no es viable sostener que los trabajadores pueden pasar de un patrón a otro como si fueran mercancía, hay que aprender a respetar la relación obrero-patronal”, señala López Villaseñor como la razón más importante de la iniciativa de reforma que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, envió ayer 12 de noviembre, a la Cámara de Diputados.

La iniciativa propone cambios a tres figuras: subcontratación de personal, agencias de colocación, así como servicios y obras especializadas. Busca que sólo haya subcontratación en trabajos y obras especializadas y que las agencias de reclutamiento no se conviertan en patrones.

Nuestro director señala que otro gran factor que impulsa la reforma sobre el tema es inhibir las prácticas indebidas que tienen como consecuencia la evasión o elusión fiscales. 

“El outsourcing se prestaba a la deducibilidad falsa, actos simulados y, también, a un traslado de IVA en la nómina. Las relaciones laborales no generan IVA, entonces, se tenía que hacer la simulación de un acto jurídico, obtener una deducibilidad falsa, trasladar el IVA a un tercero y, de repente, era muy común que el IVA se perdía en el camino, entonces también representa un gran desfalco para el Gobierno Federal”, analiza López Villaseñor.

Para lograrlo la reforma contempla la modificación de las leyes del Trabajo, del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado, así como el Código Fiscal de la Federación.

Se prevén multas por hasta 4.3 millones de pesos y penas de hasta nueve años de cárcel para quienes realicen esta práctica.

Así se regularían las tres principales figuras de terciarización laboral:

Subcontratación de personal. Quedará prohibida esa acción, que consiste en que una persona física o moral proporcione o ponga a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.

Servicios y obras especializadas. La prestación de este tipo de contratación se permitiría, siempre y cuando estos no formen parte del objeto social ni de la actividad económica de la beneficiada de los mismos.

Agencias de colocación. Estas podrán intervenir en el reclutamiento, selección, capacitación, entrenamiento de los trabajadores. Sin embargo, estará prohibido que estas agencias contraten en sustitución del patrón de los empleados.

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