Entendemos como Denominación de Origen el nombre de una zona geográfica del país, aquella que consista en la totalida d del territorio o en una región, localidad o lugar de un país, que sirva para designar un producto originario de la misma, cuya calidad o características se deban exclusivamente al medio geográfico.

Es una expresión de autenticidad ligada a la tradición de los pueblos, que aprovecharon las condiciones geográficas y los recursos naturales para generar un producto único.

De acuerdo con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), una denominación de origen es un signo distintivo con el cual se reconoce un producto característico de una región.

La denominación de origen es un bien de dominio del poder público de la Federación y sólo podrán usarse mediante la autorización que expida el Instituto.

La calidad de dicho producto se debe al medio geográfico, es decir, a los factores naturales: el clima, el suelo, los minerales y el agua, y al factor humano que conoce las formas de elaboración.

Cuando un producto cuenta con denominación de origen, su calidad está certificada y puede comercializarse mejor que otros similares.

La vigencia de la protección de una denominación de origen se encuentra determinada por las condiciones y requisitos que la motivaron.

La denominación de origen promueve la formación y la conservación de los recursos locales, ayuda al desarrollo de tecnologías viables para la producción sustentable y genera capital humano capacitado en la elaboración de productos calificados, que a su vez enseñará las técnicas a las nuevas generaciones, subraya.

  • Los elementos y condiciones de una denominación de origen consisten en:
  • Un producto de características únicas o calidad especial que lo individualizan entre los productos de su misma especie.
  • Características o calidad especial derivadas exclusivamente de factores naturales y humanos.
  • El producto es identificado o designado con el nombre del lugar en que se produce.

La secretaría de Economía refiere que es importante precisar que las denominaciones de origen no se obtienen o se conceden por decreto ni por ninguna autoridad, sólo existen por situaciones de hecho.

Quiere decir que primero se usan, son famosas y reconocidas por el público que las consume, y posteriormente, se les protege mediante la declaración correspondiente.

En México, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es la máxima autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, competente para emitir las declaratorias de protección de denominaciones de origen y autorizar su uso, así como tramitar y en su caso otorgar registros de marca.

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