Prestadores de Servicios Especializados

Aprende paso a paso la forma en que debe de timbrar la nómina que emite el Prestador de Servicios Especializados.

Con la entrada en vigor de la reforma en materia de subcontratación se dieron muchos cambios en materia laboral, de seguridad social y fiscal, que han provocado algunas dudas sobre la deducibilidad de los servicios especializados, entre ellas la forma de timbrar la nómina emitida por el Prestador de Servicios Especializados.

¿Qué campos debe llenar el contratista?

En ese sentido, es importante mencionar que las empresas que se encuentren registradas ante el REPSE y que presten estos servicios deberán hacer uso del apartado de “subcontratación”, el cual viene dentro del CFDI de tipo nómina (campo receptor / trabajador).

Web WhatsApp

Con base en lo anterior y la guía de llenado de nómina vigente, se deberán de llenar los siguientes campos dentro del campo de subcontratación:

  • RfcLabora: Se debe registrar el RFC de la persona o empresa que subcontrata o terceriza, es decir de la persona o empresa en donde el trabajador prestó directamente sus servicios, misma que paga a otra que funge como patrón. 
  • PorcentajeTiempo: En decimales, se debe registrar el valor del porcentaje del tiempo que prestó sus servicios con el RFC que lo subcontrata (porcentaje de tiempo que prestó servicios a la empresa que lo subcontrató). La suma de los valores de este campo, cuando el trabajador haya prestado servicios para distintas empresas, debe ser igual a 100%.

Ejemplo 1:

La empresa “A” contrata a la empresa “B”, para que le proporcione 5 trabajadores que desarrollarán sus actividades para la empresa “A”. Uno de los trabajadores prestó servicios el 70% de su tiempo prestando en la empresa “A” y el 30% en la empresa “B”.

Deben agregarse dos nodos de subcontratación: en cada uno registrar la información del RFCLabora y el porcentaje de tiempo laborado en la empresa A y B. 

Ejemplo 2

El trabajador prestó los servicios para las empresas “A” 40%, “B” 10% y “C” 50%, en este campo debe ingresarse: tres campos de subcontratación y en cada uno se debe registrar la información del RFCLabora y el porcentaje de tiempo laborado (40% + 10% + 50% =100%). 

NOTA: En el caso de que un porcentaje de tiempo el trabajador no hubiera estado puesto a disposición de un tercero, entonces deberá indicarse el RFC de su patrón, con el porcentaje de tiempo en que no estuvo laborando para un tercero.

Por lo anterior, los contribuyentes que presten servicios especializados y quien los reciba (contratista y contratante) deberán cuidar que los CFDI´S que intercambien cumplan los requisitos de las leyes fiscales para efectos de poder realizar una debida deducción de los mismos.

Newsletter

Compartir

20 Comments

  1. Valeria septiembre 26, 2021 at 7:07 pm - Reply

    Mi empresa ya esta registrada en el REPSE, con mis clientes siempre nos hemos manejado con ordenes de compra, nunca se han realizado contratos.
    Es necesario que realicemos contratos de trabajo o podemos seguir trabajando las ordenes de compra?

    • Fernanda Ortíz Sánchez septiembre 27, 2021 at 2:48 pm - Reply

      Hola Valeria, es importante mencionar que los contratos por prestación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas son el punto clave, ya que en tus informes cuatrimestrales y para efectos fiscales, tendrás que proporcionarlos a tus clientes, por lo que, hay que sustituir las órdenes de compra por la elaboración de contratos, de modo que, si requieres mayor asesoría e información en la elaboración de los mismos, te invitamos a comunicarte con nosotros para darle seguimiento continuo. Saludos.

  2. Jesus octubre 1, 2021 at 5:02 pm - Reply

    Hola yo contrato personas diferentes cada día algunas 2 veces por semana como tendría que realizar mi nomina y no pagar tanto?

    • Fernanda Ortiz octubre 25, 2021 at 4:58 pm - Reply

      Hola Jesús, me gustaría que pudieras ampliar un poco más la pregunta, o bien, conocer más detalles sobre tu situación en particular, te comento que puedes solicitar asesoría de manera online (reunión), la cual no tiene ningún costo.

  3. Ricardo Cortes noviembre 5, 2021 at 9:11 pm - Reply

    Al momento de timbrar, el «RFC labora» debe de reflejarse en el PDF o con que esté en el XML es correcto?

    • Fernanda Ortiz enero 4, 2022 at 8:34 pm - Reply

      Hola Ricardo, el RFC Labora debe de reflejarse en el XML, pues hay que recordar que es el que utilizamos para efectos contables, el PDF únicamente es una representación impresa del CFDI emitido, de modo que, no hay inconvenientes en que no se refleje en este formato.

      Saludos.

  4. Lidiana enero 20, 2022 at 11:51 pm - Reply

    se debe solicitar obligatoriamente el XML y PDF de los recibos de nómina de los trabajadores de proveedores de ser, especializado? o con el PDF es suficiente, ya que algunos cuestionan su politica de privacidad

    • Fernanda Ortiz enero 24, 2022 at 5:25 pm - Reply

      Hola Lidiana, es importante solicitar al contratista (prestador de servicios especializados) los recibos de nómina en formato PDF y XML , pues recordemos que el PDF únicamente es la representación impresa del CFDI, de modo que, la recomendación es que se hagan llegar los recibos de nómina en ambos formatos, esto para poder cotejar la estructura del XML con el PDF.
      Saludos.

  5. Maria Ramirez enero 27, 2022 at 7:16 pm - Reply

    hola, ya tengo mi registro en repse que otros conceptos puedo agregar a los recibos de nomina estando en este servicio especializado y que no me afecten a temas de imss?

    • Fernanda Ortiz febrero 8, 2022 at 5:23 pm - Reply

      Hola María, la recomendación es que puedas identificar a tus contratistas (clientes) con su RFC, esto para conocer en dónde están o estuvieron tus trabajadores, así como el porcentaje de tiempo, no omitiendo mencionar que este campo de «subcontratación» es un dato informativo. En ese sentido, recordemos que en el CFDI de tipo nómina, tu seguirás agregando las percepciones y deducciones que tus trabajadores tengan en ese momento, así como otro tipo de pagos que fueran percibidos por el mismo.

      Saludos.

  6. Angel Posada febrero 1, 2022 at 5:21 pm - Reply

    En que parte de la nueva reforma se establece que deben solicitarme como empresa de servicios los talones de nomina de mis empleados?

    • Fernanda Ortiz febrero 8, 2022 at 5:18 pm - Reply

      Hola Angel, esto viene dentro del artículo 27, fracción V, último párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente, (para efectos de deducibilidad), así mismo, artículo 5º, fracción II, segundo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente (para efectos de acreditamiento).
      Saludos.

  7. Hugo Garcia febrero 9, 2022 at 8:03 pm - Reply

    ¿Y en casos donde el trabajador laboró el 100% para la empresa B?

    • Stratego Redacción febrero 11, 2022 at 5:38 pm - Reply

      Hola Hugo, en estos casos, se proporcionará en el campo de «Subtotal» dentro del CFDI de nómina el RFC de tu cliente y se indicará 100%, (considerando los decimales).

  8. JOSE ROM mayo 21, 2022 at 6:03 pm - Reply

    QUE DEDUCCIONES Y PERCEPCIONES TIENE UN TRABAJADOR QUE LABORO EL 100% EN LA EMPRESA B PRESTANDO SERVICIOS CONTABLES

    • Stratego Redacción mayo 24, 2022 at 6:10 pm - Reply

      Hola, José, te comento que si el trabajador (contador) laboró en las instalaciones del contratante (quien recibe el servicio especializado) al 100%, independientemente de esto, va a tener las deducciones y percepciones que el contratista (el prestador de servicios especializados) le haya otorgado en su calidad de trabajador.
      No omitiendo mencionar que si el contador se encuentra prestando sus servicios profesionales (honorarios), él deberá realizar su factura correspondiente a los mismos.
      Te invito a tener una asesoría personalizada para ofrecerte la solución que necesitas.
      Saludos.

  9. Luis M julio 8, 2022 at 6:30 pm - Reply

    Que tal buenas tardes, además de incluir el numero de REPSE en los recibos de nomina del proveedor especializado, El mismo proveedor especializado tendría que incluir el numero de REPSE en las ordenes de compra del cliente ?? o sea la empresa que contrata el servicio especializado. O no es necesario incluir el REPSE en las ordenes de compra ??
    Gracias

    • Stratego Redacción julio 11, 2022 at 6:12 pm - Reply

      Hola, Luis:
      Te invitamos a tener una reunión para brindarte una asesoría especializada, ya que tu pregunta es muy específica y nos gustaría darte recomendaciones apegadas a tu necesidad.

      De igual manera, ponemos a tus órdenes nuestro correo electrónico comunicación@strategofirma.com y número telefónico 33 1267 5281, también es WhatsApp.
      Saludos

  10. Belinda agosto 11, 2022 at 12:45 pm - Reply

    Hola buenas tardes, que se debe de realizar si el proveedor de servicios especializados al compartirnos los recibos de nomina se puede observar que dos o tres empleados que trabajaron en el mes no cuentan con su recibo que por que el RFC del empleado esta incorrecto, que medidas debemos de tomar?

    • Stratego Redacción agosto 12, 2022 at 5:11 am - Reply

      Hola, Belinda:
      Te comentamos que es necesario que tu contratista (proveedor de servicios especializados) entregue en tiempo y forma dichos recibos de nómina de los trabajadores que prestaron el servicio, pues es un requisito que señala el artículo 27, fracción V, último párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (deducciones).
      En ese sentido, recomendamos que tus trabajadores puedan acudir a una Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente para aclarar dicha situación en caso de que sus RFC´S tengan algún inconveniente.

      Saludos.

Dejar un Comentario