La Comisión Nacional de Centros de Conciliación Laboral tiene diversos objetivos, entre ellos se encuentran:
- Promover y desarrollar acciones de colaboración y coordinación para crear centros de conciliación fuertes.
- Impulsar acciones con las instituciones para el intercambio de buenas prácticas.
- Promover la conciliación laboral prejudicial y que conciliadoras y conciliadores fortalezcan sus habilidades con modelos de capacitación y actuación.
- Fortalecer la garantía de acceso de las personas trabajadoras y empleadoras de los servicios de conciliación laboral.
- Generar información conforme, que esta sea oportuna, pertinente, confiable y asequible y que esta incluya enfoque de género.
- Coordinar esfuerzos y acciones institucionales dedicadas a la difusión y promoción de la cultura de la conciliación laboral.
Vigencia de la comisión de Conciliación Laboral
El convenio surtió efectos a partir de su publicación. Tendrá una vigencia indeterminada, pero cualquiera de las partes puede dar por concluida su participación mediante escrito dirigido a la STPS. Siempre y cuando se presente con 30 días naturales de anticipación a la fecha en la que se pretenda surta efectos su separación.
Esa Comisión será un mecanismo interinstitucional que fomentará el diálogo, concertación y encuentro entre las personas titulares de los Centros de Conciliación locales y el director general del CFCR. Esto con la intención de trabajar en la homologación de criterios y pautas de actuación que garanticen que solo lleguen al conocimiento de los Tribunales Laborales los casos en los cuales sea imposible un arreglo conciliatorio.
Sin lugar a dudas, la conciliación laboral es y será un nuevo horizonte que se tiene que conquistar como empleador, además es una excelente herramienta que deja en buenos términos las relaciones laborales que tuvo tu empresa con todos sus ex colaboradores.
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