El objetivo de la NOM del Teletrabajo es establecer las condiciones de prevención para que durante el desempeño de labores se eviten riesgos:
- Físicos
- Ergonómicos
- Psicosociales
Con esta meta señalada por Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, el grupo de trabajo empezó a sesionar para analizar el contenido de la norma, desde el pasado 28 de febrero.
Algunas de las obligaciones que en la NOM del Teletrabajo se incluirán son:
- Establecer el inicio y término de la jornada laboral.
- Instaurar mecanismos de contacto entre empleador y teletrabajador.
- Contar con una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y familiar.
- Dotar de equipamiento ergonómico.
- Dar mantenimiento e insumos para el mejor rendimiento del teletrabajo.
- Mantener la posibilidad de regreso al trabajo presencial.
Además de las obligaciones anteriores, la NOM del Teletrabajo también deberá contemplar cuáles serán los mecanismos:
- Para resguardar la información y datos que utilicen las personas trabajadoras.
- Cómo se va vigilar que se cumpla el derecho a la desconexión y se garantice el derecho a la intimidad.
- Vigilar que se imparta capacitación y asesoría adecuados para el uso óptimo de las tecnologías de la información.
Finalmente, la NOM del Teletrabajo deberá establecer la manera en cómo se llevará a cabo la supervisión del cumplimiento de dichas obligaciones, pues en otros países se ha implementado que un técnico de la empresa visite los domicilios para comprobar las normas de seguridad.
Sin embargo, hay quienes señalan que este mecanismo es invasivo y se debe ser más respetuoso con la intimidad, indicando que una manera de supervisar podría ser a través de autoevaluaciones realizadas por videoconferencia.
¿Cuándo se publicaría la NOM del Teletrabajo?
Se espera que el proceso de normalización termine con la publicación de la NOM del Teletrabajo en el mes de julio.
De esta manera, se cumpliría con el plazo de 18 meses, establecido por el artículo segundo transitorio del decreto por el que se adicionó el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo.