¿Cuál es el objetivo?

 

Que los trabajadores tengan acceso a un empleo seguro, productivo, remunerado de manera justa y equitativa para su desarrollo humano y de salud, ya que los trabajadores  tienen derecho a que sus centros de trabajo sean positivos, sanos y seguros. 

 

Dado que los trabajadores pueden llegar a estar en convivencia con otros por al menos 8 horas diarias, se deben evitar situaciones de violencia, hostigamiento y acoso sexual porque estas afectan directamente a la persona y en consecuencia en su trabajo o actividades a realizar.

 

Se reforman los artículos 47 fracción VIII, 133 fracción XII y 135 fracción XI, añadiendo otros sitios además del lugar o establecimiento de trabajo, en los que se pueden presentar cualquier tipo de violencia, tales como:

 

  • El lugar en donde se tome el descanso.
  • El lugar en donde se le pague al trabajador
  • Las instalaciones sanitarias o de aseo.
  • El desplazamiento, viajes, eventos o actividades sociales relacionadas con el trabajo.
  • Las realizadas por medio de tecnologías de información y comunicación.
  • Los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo. 

 

Con estos cambios se pretende que los trabajadores se sientan seguros en todos aquellos supuestos que con motivo de trabajo se presentan, ya que no únicamente se presenta en el trabajo de escritorio, pues se pueden llegar a dar viajes de trabajo o eventos laborales.

Actualmente, se encuentra pendiente de validación en la cámara de senadores, pero se establece que una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación entrará en vigor al día siguiente después de su publicación. 

 

En Stratego Firma te podemos ayudar a iniciar a implementar protocolos que ayuden a fomentar y fortalecer una cultura libre de violencia laboral. Acércate a nosotros, estamos listos para asesorarte. 

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