El Gobierno de España aprobó el pasado 11 de mayo en el Consejo de Ministros la Ley Rider tras casi seis meses de duras negociaciones entre la patronal y los sindicatos. En marzo, los agentes sociales llegaron a un acuerdo donde reconocían a los repartidores como trabajadores asalariados.

Aunque el Tribunal Supremo ya se había pronunciado a favor de los trabajadores el pasado septiembre y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social había considerado falsos autónomos a casi 18.000 repartidores que trabajan en plataformas entre 2019 y 2020, el Gobierno ha creído necesario regular de forma específica a los repartidores de plataformas digitales para incluirles en la legislación porque “estaban desprotegidos social y jurídicamente”, según defendió en marzo la entonces ministra de trabajo Yolanda Díaz.

Pero, ¿en qué consiste la Ley Rider? ¿Cómo va a cambiar el sector?

El acuerdo entre los agentes sociales se centra en dos puntos que modificarán el Estatuto de los Trabajadores. Por un lado, incorpora a la norma a los repartidores de plataformas digitales y les reconoce como trabajadores asalariados. La ley entiende que dichas plataformas organizan, dirigen y controlan el trabajo de los repartidores y establecen sus condiciones a través de un algoritmo y que, por tanto, se trata de empleados.

Por otro lado, esta ley obliga a las compañías a compartir con los sindicatos aquellos algoritmos que afecten a las condiciones laborales.Este segundo punto es de especial relevancia pues no solo atañe a las empresas de reparto, sino a todas las plataformas digitales que operan en España.

Las plataformas deben informar al comité de empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles, según está previsto que incluya el texto de la ley.

Exigen más transparencia 

Actualmente, los parámetros por los que se rige la organización de los trabajadores no es transparente en estas compañías. Por ejemplo, los repartidores no saben los motivos del cese de su contrato o bajo qué criterios se les asignan los pedidos. Con la nueva legislación, sin embargo, el trabajador tiene derecho a saber qué tiene en cuenta la aplicación para el desarrollo y planificación de su labor.

A este respecto, la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda, que engloba a las principales plataformas de reparto de comida a domicilio en España, ha mostrado su preocupación por la ley, que califican como “una medida que sin duda afectaría muy negativamente al desarrollo de la economía digital en España, además de atentar contra los principios más básicos de la libertad de empresa”.

Por su parte, los sindicatos pretendían poder ampliar la condición de asalariados a cualquier trabajo dependiente de plataformas digitales y no solo a los repartidores, aunque reconocen que es un primer paso para no perder derechos laborales.

Los repartidores están igualmente divididos. Algunos aplauden la norma mientras que otros quieren seguir siendo trabajadores autónomos y han organizado manifestaciones a lo largo de hoy en distintos puntos de España.

Con información de RTVE.ES

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