El CFDI 4.0

El CFDI 4.0 será la única factura electrónica que podrá utilizarse a partir del 1 de mayo del 2022.

La Reforma Fiscal trajo consigo el CFDI versión 4.0 a partir del 1 de enero del 2022, que contará con un periodo de transición vigente hasta el 30 de abril.

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¿Qué fue lo que cambió en el CFDI versión 4.0?

A continuación te damos a conocer los detalles más relevantes de esta nueva versión de la factura electrónica.

  • Se debe incluir de manera obligatoria el nombre completo del cliente, o bien, la denominación o razón social de la persona moral.
  • Domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Existirán campos para poder identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
  • Se podrá identificar si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
  • Se incorporan nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.

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Nueva forma de cancelación con el CFDI 4.0

Con base a lo anterior, otro punto a considerar para estas modificaciones a los CFDI versión 4.0 es la nueva forma de cancelación. 

Deberá seguir un procedimiento diferente al que la mayoría ya conoce, pues se requieren tomar en cuenta las nuevas claves (motivos de cancelación de la factura) para que se puedan llevar a cabo las cancelaciones de los mismos.

  • Clave 01 – Comprobante emitido con errores con relación.
  • Clave 02 – Comprobante emitido con errores sin relación.
  • Clave 03 – No se llevó a cabo la operación.
  • Clave 04 – Operación nominativa relacionada en la factura global.

Sobre los Recibos de nómina

Ahora bien, tampoco olvidemos los cambios que existen en la nueva versión 1.2 del CFDI de tipo nómina (recibo de nómina), entre los cuales destacan los siguientes:

  • Existirá un campo para proporcionar el Código Postal del trabajador.
  • Domicilio del trabajador.
  • Nombre del emisor y del receptor (patrón y trabajador).

Por lo anterior, te recomendamos extremar atenciones durante el periodo de transición que finaliza el 1 de mayo, para evitar tener problemas posteriores en el llenado o en la aplicación del  nuevo procedimiento de cancelación.

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2 Comments

  1. Juan M. Orozco Jasso enero 17, 2022 at 7:24 pm - Reply

    Excelente información. Muchas gracias!!

    • Stratego Redacción enero 20, 2022 at 10:08 pm - Reply

      ¡Gracias por leernos! Si te interesa estar informado sobre temas de actualidad de este tipo te recomendamos suscribirte a nuestro newsletter.
      https://strategofirma.com/suscribete/
      Saludos

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