Constancias de Situación Fiscal

Ante la carga administrativa por las solicitudes de Constancias de Situación Fiscal, el SAT prorrogó al 1 de enero de 2023 la emisión obligatoria del CFDI 4.0.

Varios datos plasmados en la Constancia de situación fiscal ahora son requeridos en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en su versión 4.0.

Ese es uno de los cambios más significativos que trajo la reforma fiscal del 2022.

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En ese sentido, desde el 1° de enero del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló un periodo de transición hasta el 1 de julio para adaptarse a las nuevas regulaciones.

Sin embargo, el que las empresas solicitaran a sus trabajadores la constancia de situación fiscal generó bastante carga administrativa, incluida la propia autoridad. 

Por lo tanto, el 8 de junio de 2022, el SAT emitió un aviso en el que prorrogaba para el 1 de enero de 2023 la emisión obligatoria del CFDI 4.0 con sus complementos (excluyendo la carta de porte).

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¿Qué es la constancia de situación fiscal? 

Ahora bien, para entender este tema, primero es dable conocer: ¿qué es la constancia de situación fiscal? Es un documento que contiene los datos personales del contribuyente: 

  • Nombre completo
  • CURP
  • RFC
  • Domicilio fiscal
  • Régimen fiscal
  • Nombre comercial
  • Estatus
  • Fecha de inicio de operaciones y obligaciones fiscales 

De modo que este documento es bastante completo para efectos de conocer datos específicos de cada persona física o moral y se solicita para emitir factura.

¿Por qué solicitan este documento?

Sin embargo, ¿cómo impactaron estos nuevos cambios a las empresas y a los trabajadores?

Recordemos que algunos de los cambios que solicita la nueva versión 4.0 dentro de su complemento de nómina 1.2, son los que a continuación se señalan:

  1. Nombre completo del receptor (trabajador).
  2. Domicilio fiscal del receptor (trabajador), en donde se debe de indicar el código postal del colaborador, el cual tiene que empatar con su constancia de situación fiscal.
  3. Régimen fiscal del receptor (trabajador), el cual debe corresponder al plasmado dentro de su Constancia de Situación Fiscal.
  4. Nombre, domicilio fiscal y régimen fiscal del emisor (patrón).

En su aviso de prórroga, el SAT recalca que la emisión de esta factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus colaboradores.

Por lo que no entregar constancia de situación fiscal no es motivo de despido o retención de pago.

En conclusión, se les recomienda a los patrones y a los trabajadores que tengan actualizada esta información, ya que a fecha de hoy, es un documento primordial con el que todos debemos de contar.

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