La PTU se refiere a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el cual es un derecho de los trabajadores derivado de las ganancias que obtiene el patrón (persona física y/o persona moral) durante el año anterior. Este derecho se deriva del artículo 123, fracción IX, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 

Es importante mencionar que existe un porcentaje de reparto de esta percepción, el cual es del 10% de la utilidad fiscal de la empresa (ganancia anual), mismo que es fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y actualmente sigue vigente. 

Por lo anterior, para que los trabajadores conozcan si el patrón con el que laboró o labora declaró utilidades, los patrones están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores (sindicato, comisión mixta de PTU, o a la mayoría de los trabajadores), copia de su declaración anual, dentro de los 10 días contados a partir de la fecha de presentación de la misma.

El reparto debe realizarse dentro de los 60 días (personas morales mes de mayo y personas físicas mes de junio). Su cálculo se realiza tomando en consideración el tiempo que el trabajador laboró y/o labora en la empresa, así como su sueldo en dicho periodo. 

No obstante lo anterior, con la reforma en materia de subcontratación publicada el pasado 23 de abril surgió un punto relevante respecto a la PTU, mediante el cual se señala que dicha prestación, en cuanto a montos, no excederá de tres meses el salario del trabajador, o bien, el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, cualquiera que resulte más favorable al trabajador. En atención a lo anterior, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, dio a conocer algunos de los beneficios que obtendrán los trabajadores:

  • Recibirán, en promedio, 57 días de salario por concepto de PTU. Actualmente reciben un promedio de 22 días.
  • Esto representa una media de 18 mil 500 pesos.
  • Es un aumento de 2.59 veces más lo que reciben actualmente.
  • Con la ley actual, las utilidades que se reparten en el país son de 56 mil millones de pesos; con el tope de tres meses, el monto a repartir será de 157 mil millones de pesos.

En conclusión, lo que se espera es que los patrones que utilizan estos esquemas de subcontratación paguen esta prestación (en caso de que no la hubieran pagado), dejando en claro que a partir del siguiente año (2022), se realice el reparto de utilidades aplicando los nuevos lineamientos establecidos por la reforma en materia de subcontratación.

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