El 21 de febrero del presente año, la STPS publicó en el DOF el acuerdo que modifica las disposiciones de carácter general del REPSE, con el propósito de facilitar la renovación del registro.
Se modifica la definición de renovación.
Se entenderá por renovación todo aquel procedimiento que las personas físicas y morales que se encuentren inscritas en el Padrón del REPSE deberán de realizar a través de la plataforma cada tres años, de conformidad al segundo párrafo del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
Del procedimiento de renovación.
Se incluye para aquellas personas físicas o morales que deban renovar su registro, los siguientes requisitos y requerimientos:
- A la fecha de renovación, se deberá estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al SAT, IMSS e INFONAVIT.
- Durante su proceso de renovación deberán aportar bajo protesta de decir verdad, información y documentación conforme a los requerimientos de la plataforma.
- Durante el proceso de renovación de registro, las personas físicas y morales podrán darle seguimiento a dicho proceso con el mismo número de folio que asignó la plataforma al ingreso.
Plazos de Renovación del REPSE establecidos por la STPS para el año 2021 y subsecuentes.
Para la renovación del registro de las personas físicas o morales inscritas en el Padrón, la plataforma http://repse.stps.gob.mx habilitará un módulo denominado “Renovación de Registro”, al cual podrán ingresar únicamente durante el periodo definido por esta Secretaría, de conformidad con la vigencia de su aviso de registro, lo anterior, de acuerdo con el calendario siguiente:
Mes en que fueron otorgados los registros | Mes de renovación de registro |
Junio de 2021 | De marzo a mayo 2024 |
Julio de 2021 | De abril a junio 2024 |
Agosto de 2021 | De mayo a julio 2024 |
Septiembre de 2021 | De junio a agosto 2024 |
Octubre de 2021 | De julio a septiembre 2024 |
Noviembre de 2021 | De agosto a octubre 2024 |
Diciembre de 2021 | De septiembre a noviembre 2024 |
Enero de 2022 | De octubre a diciembre 2024 |
Febrero de 2022 | De noviembre de 2024 a enero de 2025 |
Marzo de 2022 | De diciembre de 2024 a febrero de 2025 |
Abril de 2022 | De enero a marzo 2025 |
Mayo de 2022 | De febrero a abril 2025 |
Junio de 2022 | De marzo a mayo 2025 |
Julio de 2022 | De abril a junio 2025 |
Agosto de 2022 | De mayo a julio 2025 |
Septiembre de 2022 | De junio a agosto 2025 |
Octubre de 2022 | De julio a septiembre 2025 |
Noviembre de 2022 | De agosto a octubre 2025 |
Diciembre de 2022 | De septiembre a noviembre 2025 |
Enero de 2023 | De octubre a diciembre 2025 |
Febrero de 2023 | De noviembre de 2025 a enero de 2026 |
Marzo de 2023 | De diciembre de 2025 a febrero de 2026 |
Abril de 2023 | De enero a marzo 2026 |
Mayo de 2023 | De febrero a abril 2026 |
Junio de 2023 | De marzo a mayo 2026 |
Julio de 2023 | De abril a junio 2026 |
Agosto de 2023 | De mayo a julio 2026 |
Septiembre de 2023 | De junio a agosto 2026 |
Octubre de 2023 | De julio a septiembre 2026 |
Noviembre de 2023 | De agosto a octubre 2026 |
Diciembre de 2023 | De septiembre a noviembre de 2026 |
Los 3 años de vigencia de los avisos de registro, serán contados a partir de la fecha en la que las personas físicas o morales hayan quedado inscritas en el Padrón, sin importar que hayan realizado una actualización o modificación en su registro.
Consideraciones importantes.
- Las personas inscritas en el REPSE podrán llevar a cabo su proceso de renovación en las fechas establecidas con antelación, una vez agotado dicho plazo, la plataforma, de manera automática, deshabilitará el módulo de renovación.
- Las personas inscritas en el REPSE que no renueven su registro dentro de los plazos establecidos se les cancelará el registro.
- A las personas que se les cancele el registro y posteriormente inicien un nuevo proceso de registro, la vigencia de los 3 años de dichos registros se contabilizará a partir de la nueva inscripción en el Padrón.
- Una vez realizada la renovación del registro, el prestador de servicios especializados o ejecutor de obras especializadas deberá informar a sus personas beneficiarias de los servicios u obras especializadas acerca de la renovación realizada a dicho registro.
Entrada en vigor.
El presente acuerdo entrará en vigor el 22 de febrero de 2024.
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