En el mes de agosto del 2021, el Infonavit dio a conocer el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), como parte de los ajustes que trajo la Reforma al Outsourcing.
El SISUB es la plataforma donde los patrones inscritos en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE) pueden enviar sus informes cuatrimestrales en materia de seguridad social.
¿Qué documentación me va a solicitar la plataforma del SISUB?
1.- La información de los sujetos obligados como:
- Periodo a enviar y año que se declara
- Registro Federal de Contribuyentes
- Nombre
- Denominación o Razón Social
- Número de registro patronal
- Domicilio fiscal
- Datos del acta constitutiva (en caso de ser persona moral)
- Monto de las aportaciones y amortizaciones
2.- Información del contrato de servicios:
- Periodo a enviar y año que se declara
- Número de contrato
- Objeto del contrato
- Tipo de contrato
- Vigencia del contrato
- Número estimado mensual de trabajadores que pondrán a disposición (del contrato) e identificación de los beneficiarios de los servicios contratados
3.- Detalle de los trabajadores:
- Registro Federal de Contribuyentes (del sujeto obligado)
- Número del seguro social del trabajador
- Domicilio donde prestará los servicios especializados el trabajador
- Registro patronal ante el IMSS (sujeto obligado)
- Percepciones por bimestre de los trabajadores puestos a disposición
Precisando lo anterior, la información contenida que el sujeto obligado deberá reportar en el SISUB es la correspondiente a todos de los contratos por subcontratación de servicios especializados activos en el cuatrimestre.
En caso de que el contratista cuente con más de un registro ante el REPSE, deberá enviar en un solo archivo la información de todos ellos.
La plataforma SISUB aún nos deja interrogantes como: ¿qué pasa cuándo el sujeto obligado se trata de una Persona Física y nos solicita como obligatoria el Acta Constitutiva?
Además, esperemos que con el paso del tiempo, este nuevo medio electrónico pueda ser más amigable con el contratista al momento de llenar y subir su información cuatrimestral, optimizando sus tiempos de respuesta.
Excelente articulo, Saludos a la Lic. Karla
Que contrato debo de subir el del trabajador o el del servicio?
Hola, Alejandra:
Te comentamos que el contrato que se debe de subir es el contrato de prestación de servicios especializados.
Saludos
EXCELENTE INFORMACION, UNA PREGUNTA SI NO SE ELABORA UN CONTRATO PERO SE MANEJA UNA ORDEN DE COMPRA CON TODOS LOS DATOS REQUERIDOS ESTA INFORMACION ES LA QUE SE DEBE DE INCLUIR EN EL ICSOE Y EL SISUB
Hola, Luis:
Te comentamos que es una obligación elaborar los contratos por los servicios especializados u obras especializadas (dependiendo cual sea tu caso), esto independientemente de que tus ordenes de compra contengan los datos solicitados por el SISUB, lo anterior, porque así lo establece el artículo 29-Bis de la Ley del INFONAVIT. Te recomentados que te apoyes de las guías de llenado emitidas por dicha autoridad para efectos de enviar tu cuatrimestral. Saludos.
Interesante, solo una duda…en cada cuatrimestre se vuelve a presentar la misma información en caso de no tener nuevos contratos?
Hola, Erick:
Te comentamos que en caso de no tener modificaciones a los contratos o nuevas celebraciones de contratos nuevos, existe la opción para elegir: “No existieron modificaciones en el cuatrimestre”.
Saludos.
Interesante, solo una duda…en cada cuatrimestre se vuelve a presentar la misma información del mismo contrato que presente en el primer cuatrimestre?
Hola Guadalupe:
Te comentamos que los contratos sólo serán presentados por única ocasión, si estos no sufren modificaciones. En caso de que durante los siguientes cuatrimestres se realicen nuevos contratos, o bien sufran modificaciones, estos deberán ser adjuntados.
Saludos