Sí es posible registrar una marca fuera de México y se realiza a través del procedimiento de registro del Sistema de Madrid.
Para poder hacer el registro internacional de marca deberá utilizarse y requisitarse el formulario MM2, solicitud de registro internacional regida por el Protocolo de Madrid de 1989).
Dicho formulario deberá presentarse ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), ya sea en:
- Forma presencial
- Buzón en línea
- Servicio de correo postal
- Mensajería especializada
Además debe acompañarse de los anexos necesarios, tratándose de persona física o moral, así como, los relacionados a la marca.
Cuando México sea la oficina de origen para recepción de la solicitud del registro, al IMPI deberán abonarse las tasas por el estudio de certificación de la solicitud internacional y por la transmisión o presentación de solicitudes, peticiones u otros documentos correspondientes a trámites internacionales ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
Realizado lo anterior, el IMPI envía a la totalidad de los documentos al OMPI para que esta organización:
- Realice el examen de forma
- Inscriba la marca en el Registro Internacional
- Lo publique en la Gaceta de Marcas Internacionales
Posteriormente, la OMPI envía y notifica el certificado de registro internacional a la oficina del IMPI en México y al solicitante vía correo electrónico.
El alcance de la protección del registro internacional de marca lo determinará el examen de fondo conforme la legislación mexicana, en un plazo de 18 meses.