El 15 de septiembre de 2025, la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Amparo. La propuesta ha generado dudas e incertidumbre, pues plantea modificaciones relevantes, especialmente en lo relativo a la suspensión del acto reclamado, figura central del juicio de amparo, al ser uno de los principales motivos por los que se promueve este medio de defensa.

A continuación, abordaremos los puntos más importantes de la iniciativa, pero antes, conviene responder dos preguntas clave: ¿Qué es el amparo y para qué sirve?

¿Qué es el amparo?

El amparo es un medio de defensa legal cuyo objetivo es proteger los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales suscritos por México. También salvaguarda a las personas frente a normas, actos u omisiones de autoridades o particulares que vulneren esos derechos.

En otras palabras, el amparo constituye uno de los principales mecanismos de protección jurídica con los que cuentan las y los ciudadanos para defender sus intereses personales, patrimoniales, sociales o económicos ante abusos o actos indebidos de autoridad, garantizando el respeto a los derechos humanos consagrados en la Carta Magna.

Cambios principales de la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo:

  • Redefinición del interés legítimo: Se propone que con la reforma, tratándose del interés legítimo, la norma, acto u omisiones reclamados en el Juicio de Amparo, deba ocasionar en el ciudadano (el quejoso) una lesión jurídica real, y no basada en una posible o incierta lesión. 
  • Restricción de la suspensión del acto reclamado: Se proponen nuevas causales para limitar la suspensión provisional, medida que detiene los efectos del acto de autoridad que afecta a la parte quejosa. Estas restricciones aplicarán únicamente en los siguientes casos:
    • Bloqueo de cuentas bancarias por la UIF: cuando la Unidad de Inteligencia Financiera ordene el congelamiento de cuentas.
    • Deuda pública y sistema financiero: en actos vinculados con la gestión de la deuda pública o el funcionamiento del sistema financiero.
    • Órdenes de aprehensión o medidas cautelares de prisión: cuando se trate de órdenes dictadas por autoridad competente que impliquen privación de la libertad.
  • Establecimientos de plazos y sanciones por incumplimiento
    • Plazos ciertos: Incorporar plazos definidos en los artículos donde actualmente no existen, con el fin de evitar demoras en el procedimiento.
    • Modificación normativa: Reformar disposiciones legales cuyo lenguaje favorece la dilación del juicio.
    • Multas a la institución: Las sanciones por incumplimiento de sentencias de amparo deberán ser cubiertas por el órgano de gobierno correspondiente, y no por el funcionario de manera personal.
  • El juicio de amparo de manera digital: Se propone que los juicios de amparo se puedan desarrollar de manera digital, con la finalidad de que estos sean más prácticos y se reduzca el uso de papeles.
  • La restricción de la ampliación de la demanda: Se plantea que no pueda proceder la ampliación de la demanda de amparo fuera de los casos ya previamente previstos por la ley, con la finalidad de contribuir a la celeridad procesal.
  • Cumplimiento y ejecución de sentencias
    • Autoridades vinculadas: El juez de distrito deberá determinar con precisión qué autoridades están obligadas a cumplir la resolución.
    • Imposibilidad de cumplimiento: La autoridad responsable deberá acreditar, de forma fundada y motivada, cualquier imposibilidad jurídica o material para ejecutar la sentencia.
  • Armonización con otras leyes: Las reformas a la Ley de Amparo implican su armonización con el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, realizando las adecuaciones necesarias para garantizar la coherencia y aplicación efectiva de las modificaciones propuestas.

Consideraciones finales

La propuesta de reforma presentada por la Presidencia de la República ha generado atención en el ámbito jurídico, al incorporar cambios que podrían limitar ciertos mecanismos de protección, como la suspensión provisional, lo que plantea nuevos retos para las partes involucradas en el juicio de amparo. Estas modificaciones invitan a reflexionar sobre la capacidad institucional para implementar de forma efectiva las nuevas disposiciones y sobre la importancia de mantener una adecuada capacitación en materia procesal y constitucional.

En este contexto, resulta esencial que las y los profesionales del derecho continúen actualizándose y adaptándose a los cambios normativos, con el propósito de garantizar la correcta aplicación de la ley y la protección de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales.

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