El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador, ha anunciado la promulgación de un decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma del Poder Judicial. Este decreto, resultado de un extenso proceso legislativo, ha sido aprobado por la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, en conformidad con el artículo 135 de la Constitución Federal.

Puntos destacados del Decreto. 

  • Modificaciones al funcionamiento y estructura (reducción de 11 a 9 ministros y ministras) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como la creación de un nuevo Tribunal de Disciplina Judicial.
  • Sustituir al Consejo de la Judicatura Federal por un nuevo órgano de administración judicial, separado funcional y orgánicamente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • Selección de juezas, jueces, magistradas y magistrados a través de la elección del voto libre, directo y secreto de la ciudadanía en los procesos electorales.
  • Las ministras y ministros permanecerán en sus cargos durante 12 años, en lugar de los 15 años establecidos antes de la reforma.
  • Los Tribunales Administrativos, Juzgados de Distrito, Tribunales de Circuito y la Suprema Corte deberán resolver en un máximo de seis meses. Si no se dicta sentencia en ese plazo, el órgano jurisdiccional deberá informar al Tribunal de Disciplina Judicial o al órgano de control interno.

 

Procedimiento para la elección de ministras y ministros.

  • Senado emite convocatoria: Integrarán un listado de candidaturas un año antes al de la elección.
  • Evaluación y selección de sus postulaciones:
  • Presentar un ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación y remitan cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo.
  • El Comité de evaluación de cada poder evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales e identificará a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo.
  • En el caso de Ministras, Ministros de la SCJN, Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, los Comités de Evaluación integrarán un listado de las personas mejor evaluadas para cada cargo. Asimismo, la elección será a nivel nacional, propuesta por:
  • Poder Ejecutivo:
          • Propondrá hasta tres aspirantes a través de la Presidencia de la República.
  • Poder Legislativo:
          • Postulará hasta tres personas, una de la Cámara de Diputados y dos del Senado.
  • Poder Judicial:
          • Postulará hasta tres personas a través del Pleno de la Suprema Corte de Justicia.
  • En el caso de Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito, los Comités de Evaluación integrarán un listado de seis personas.
  • Proceso selectivo: El Senado de la República recibirá las postulaciones y remitirá los listados al INE a más tardar el 12 de febrero del año de la elección que corresponda para que organice la elección.
  • Publicación de resultados: El INE publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos.

¿Qué sigue?

  • Los primeros 7 días de septiembre del año anterior a la elección, el Consejo General del INE iniciará la etapa de preparación electoral.
  • En 30 días el Senado debe publicar la convocatoria para que las personas puedan inscribirse si quieren ser ministras, magistradas y juezas. 
  • En 90 días el Congreso debe adecuar las leyes secundarias. 
  • En 180 días, los 32 congresos estatales deberán adecuar sus constituciones locales para organizar elecciones judiciales por voto popular.
  • El 12 de febrero de 2025, el Senado debe enviar los listados y las postulaciones al Instituto Nacional Electoral para que organice las elecciones. 
  • El 1 de junio de 2025 deben celebrarse la primera jornada electoral.
  • El 1 de septiembre de 2025, las personas que resulten electas tomarán protesta de su encargo ante el Senado de la República.

Entrada en vigor.

El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el lunes 16 de septiembre, marcando el inicio de un proceso electoral que modificará cargos clave en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral y el Tribunal de Disciplina Judicial, así como en otros órganos del Poder Judicial de la Federación. 

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