Antecedentes 

 

El 15 de julio de 2022, se publicó en el DOF el proyecto de la NOM PROY-NOM-037-STPS-2022, a efecto de que las personas interesadas presentaran comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo. Por su parte, se recibieron diversas propuestas y se realizaron diversas modificaciones y el 15 de marzo de 2023 se publicó en la CONAMER, dicho proyecto.

Una vez que concluyó el trámite ante la Comisión, se publicó el 08 de junio de 2023 la versión definitiva en el Diario Oficial de la Federación.

Objetivo

Establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo bajo la modalidad de teletrabajo con la finalidad de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en el entorno laboral.

Alcance

Aplica a todos los centros de trabajo que cuenten con la modalidad de Teletrabajo y es para toda la República Mexicana.

Aspectos relevantes

  • Condiciones de seguridad y salud en el empleo.

La norma hace énfasis en que los lugares acordados entre la persona trabajadora y el patrón para realizar el trabajo en esta modalidad, deben mantener en buen estado en cuanto a las instalaciones eléctricas; con iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas. Así mismo, se podrán realizar visitas para verificar que se implementen las condiciones adecuadas para evitar riesgos.

  • Lista de verificación.

Se deberá contar con una lista de verificación donde la Comisión de Seguridad e Higiene validará que se cumplan las condiciones de seguridad, salud, e higiene; esto mediante evidencias fotográficas o de video.

  • Reversibilidad de la modalidad de Teletrabajo a presencial.

En el caso de que el sitio propuesto por la persona trabajadora no cumpla con las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, se podrá regresar a las actividades presenciales.

  • Política de teletrabajo 

La NOM emite una recomendación para la redacción de una política de teletrabajo, en la que se establece las horas que la persona trabajadora debe laboral, es decir, el inicio y el final de la jornada laboral, los procedimientos bajo los cuales se deben de comunicar e informar las actividades a realizar, un listado de las erogaciones que el centro de trabajo asumirá para gastos imprevistos, entre otros.

  • Capacitación y adiestramiento.

Con la participación de la comisión mixta de capacitación, adiestramiento y productividad deberán impartir capacitación en el reconocimiento de peligros en el lugar de trabajo, la comprensión y aplicación de la política de trabajo y los conocimientos necesarios para el manejo de las TICs.

  • Informes sobre las condiciones.

La persona trabajadora informará, por escrito y con antelación al patrón, sobre cualquier cambio relacionado con el domicilio a fin de verificar la condiciones del nuevo sitio, así mismo, deberán comunicar a la Comisión de Seguridad e Higiene sobre cualquier riesgo de trabajo que llegue a sufrir.

  • Procedimientos de evaluación.

El patrón tendrá la opción de contratar los servicios de una Unidad de Inspección acreditada para evaluar los criterios de cumplimiento de la norma mediante la constatación física, revisión documental, registros o entrevistas en el domicilio del centro de trabajo. 

 

Entrada en vigor

La Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, a principios de diciembre de año en curso.

 

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