
La constancia de semanas cotizadas que expide el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es un documento muy utilizado por personas trabajadoras y personas abogadas para acreditar periodos en los que se pagaron aportaciones al seguro social. No obstante, en materia laboral es importante distinguir entre lo que este documento prueba y aquello que no prueba: la constancia acredita aportaciones y registros ante el IMSS, pero no constituye prueba plena de la existencia, continuidad o antigüedad jurídica de la relación laboral.
Constancia de semanas cotizadas ¿Qué es?
Es un certificado emitido por el IMSS que indica las semanas por las que una persona trabajadora fue reportada como asegurada (por uno o varias personas empleadoras) y que, en su caso, se pagaron las cuotas correspondientes. Es útil para trámites ante el propio IMSS (en el caso de pensiones) y como elemento de información sobre periodos laborales reportados al instituto.
| Que acredita | Que no acredita |
| Semanas cotizadas por el trabajador. | La existencia de una relación de trabajo entre la persona empleadora y la persona trabajadora. |
| Altas y bajas en el régimen obligatorio y/o voluntario. | La antigüedad laboral a efectos del derecho laboral (inicio y continuidad del vínculo jurídico laboral). |
| Salario promedio de cotización y los pagos al IMSS a nombre de la persona trabajadora. | No prueba, de forma concluyente, el salario real, la jornada o prestaciones convenidas entre las partes. |
Como podemos observar en los puntos anteriores, el valor probatorio de la constancia de semanas cotizadas del IMSS es limitado, esto se hace constar en la tesis de jurisprudencia PR.P.T.CN. J/14 L (11a.) publicada con el rubro: “CERTIFICADO DE DERECHOS OFRECIDO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN SU CARÁCTER DE PATRÓN DEMANDADO. ES INEFICAZ PARA ACREDITAR LA ANTIGÜEDAD DEL TRABAJADOR, POR LO QUE PARA SU VALIDEZ DEBE ADMINICULARSE CON DIVERSO MATERIAL PROBATORIO.” En el Semanario Judicial de la Federación del viernes 9 de agosto de 2024.
Recomendaciones prácticas para efectos de un juicio laboral:
- Es recomendable acompañar la constancia con otras pruebas que acrediten ingreso, continuidad y condiciones de trabajo: contratos, cartas de ingreso/despido, recibos de nómina / CFDI de nómina, transferencias bancarias, listas de asistencia, testigos, correos electrónicos, dictámenes periciales contables o bancarios, entre otros.
- La constancia puede ser útil para reconstruir periodos, identificar personas empleadoras que reportaron a la persona trabajadora y orientar la estrategia probatoria (por ejemplo, pedir la información patronal relacionada con las semanas reportadas).
Con esto podemos concluir que la constancia de semanas cotizadas del IMSS es documento útil para demostrar que hubo reportes y contribuciones al instituto en determinados periodos, pero no acredita, por sí sola, la antigüedad de la persona trabajadora ni la existencia plena y continua de la relación laboral. En el ámbito laboral debe valorarse conjuntamente con otros medios de prueba previstos en la Ley Federal del Trabajo y conforme a la jurisprudencia que resalta su carácter informativo y no constitutivo.
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