Estimado empresario o empresaria:

El 19 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en lo referente a la provisión de sillas para los trabajadores, en lo que popularmente se le ha conocido como “Ley Silla”.  A continuación, te compartimos los puntos clave que debes considerar:

  • Obligaciones de las personas empleadoras

Proveer suficientes sillas con respaldo para que las personas trabajadoras en servicios, comercio e industrias puedan realizar sus funciones o descansar durante la jornada laboral. Para los descansos, las sillas deberán ubicarse en áreas designadas dentro del lugar de trabajo, siempre que la naturaleza del trabajo lo permita.

Ahora bien, la Ley Federal del Trabajo, ya contenía la obligación de las personas empleadoras de contar con el número de asientos suficientes para las personas trabajadores; sin embargo, esta norma ahora se vincula con el descanso de las personas trabajadoras.

Asimismo, se establece que se deberán tener normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras para usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral.

  • Prohibiciones para personas empleadoras

Obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante toda la jornada laboral o prohibirles tomar asiento periódicamente mientras desempeñan sus funciones.

  • Modificaciones al Reglamento Interior de Trabajo

Se tendrá que incluir en el RIT las siguientes modificaciones:

  • Horarios de entrada y salida, tiempos de comida y períodos obligatorios de descanso durante la jornada laboral.
  • Normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras para usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral.
  • Tiempo y forma en que las personas trabajadoras deben someterse a exámenes médicos previos o periódicos, y a las medidas profilácticas establecidas por las autoridades.
  • Disposiciones disciplinarias: la suspensión laboral no podrá exceder de ocho días y la persona trabajadora tendrá derecho a ser escuchada antes de la sanción.

¿Cuándo entra en vigor?

Con la publicación en el DOF, comenzó a correr el plazo de transición, y entrará en vigor 180 días después de su publicación, es decir, en junio del 2025.

En Stratego Firma estamos para ayudarte

La Ley Silla aplica a centros de trabajo en los sectores de servicios, comercio y actividades similares. En las empresas industriales, las disposiciones solo serán exigibles cuando la naturaleza del trabajo lo permita. Por ello, es fundamental mantenerse al día con las disposiciones laborales, lo cual puede ser complejo en un entorno cambiante. Te ofrecemos nuestra experiencia para que estos ajustes sean simples y efectivos.

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