El día 20 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se expiden la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; y se reforma el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

A continuación, te compartimos los puntos primordiales del Decreto:

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

  • Homologación de Reglas y Procedimientos en el Ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública: Se homologan las reglas, principios, bases, procedimientos y, en general, los mecanismos en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Además, se incluyen los criterios de interpretación emitidos en su momento por el INAI y que actualmente son aplicables a los sujetos obligados.
  • Rediseño de las Autoridades Garantes del Derecho de Acceso a la Información Pública: Se precisa un rediseño de las autoridades garantes responsables de garantizar el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública. Estas autoridades serán las siguientes: el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en el ámbito federal, denominado Transparencia para el Pueblo, y el órgano de control y disciplina del Poder Judicial de la Federación.
  • Rediseño de las Autoridades Garantes del Derecho de Acceso a la Información Pública: Se precisa un rediseño de las autoridades garantes responsables de garantizar el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública. Además de los órganos mencionados anteriormente, se incluyen los órganos de control de los órganos constitucionales autónomos, las contralorías del Congreso de la Unión, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en lo que respecta a los sindicatos, de acuerdo con sus respectivos apartados. También se incorpora al Instituto Nacional Electoral en lo relacionado con los partidos políticos.
  • Modificación del Sistema de Acceso a la Información Pública y Creación de Nuevo Órgano Coordinador: Se sustituye el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales por el Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública. Además, se crea el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, denominado Transparencia para el Pueblo, con la finalidad de coordinar y evaluar las acciones relacionadas con la política pública transversal de transparencia y acceso a la información pública. 
  • Protección del Derecho de Acceso a la Información en Casos de Violaciones Graves a los Derechos Humanos: No podrá clasificarse como reservada aquella información relacionada con violaciones graves a los derechos humanos o con delitos de lesa humanidad, conforme al derecho nacional o a los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte. Además, ninguna persona podrá ser objeto de inquisición judicial o administrativa derivada del ejercicio del derecho de acceso a la información, ni se podrá restringir este derecho por medios directos o indirectos.
  • Garantía de Acceso a la Información Pública por parte del Estado: El Estado garantizará el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de cualquier autoridad, agencia, comisión, comité, corporación, ente, entidad, institución, órgano, organismo o equivalente de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno, órganos constitucionalmente autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas, los municipios o las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

  • Modificación de términos claves
      • Titular: sujeto a quien corresponden los datos personales y ya no especifica que deben ser concernientes a una persona física.
      • Autoridades garantes: Antes se contemplaban a los organismos garantes con autonomía constitucional especializados en materia de acceso a la información y protección de datos personales. Ahora se define como Autoridades garantes, que son el Órgano de control y disciplina del Poder Judicial; los órganos internos de control de los órganos constitucionales autónomos.
  • Eliminación del Sistema Nacional: Se eliminó el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Así como el Capítulo II Del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
  • Eliminación del recurso de inconformidad: Antes el titular tenía derecho a interponer un recurso de revisión o un recurso de inconformidad ante el INAI o los Organismos garantes, ahora solo podrán interponer el recurso de revisión ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno o las Autoridades garantes.

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

  • Quedan exceptuados de esta Ley: Las sociedades de información crediticia, según la legislación aplicable, y quienes recolecten y almacenen datos personales para uso exclusivamente personal, sin fines de divulgación o comerciales.
  • El documento contempla los derechos ARCO: acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales, así como los requisitos necesarios para presentar una solicitud para su ejercicio.
  • Contempla los siguientes principios: licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad en el tratamiento de datos personales.
  • Tratamiento de datos personales sensibles: Se requiere el consentimiento expreso y por escrito del titular mediante firma autógrafa, electrónica o autenticación equivalente, y solo pueden almacenarse si existe una justificación legítima. No se necesita consentimiento cuando lo disponga la ley, los datos provengan de fuentes públicas, sean disociados, se requieran para ejercer derechos u obligaciones contractuales, atender emergencias, prestar servicios médicos bajo secreto profesional o por orden de autoridad competente.
  • Obligaciones del Responsable en el Tratamiento de Datos Personales: El responsable no deberá obtener ni tratar datos personales a través de medios engañosos o fraudulentos. Asimismo, deberá privilegiar la protección de los intereses de la persona titular y respetar su expectativa razonable de privacidad, entendida como la confianza que cualquier persona deposita en otra, en cuanto a que los datos personales proporcionados serán tratados conforme a lo acordado y en los términos establecidos por esta Ley.
  • El aviso de privacidad: Debe incluir la identidad y domicilio del responsable, los datos personales que serán tratados (destacando los sensibles), las finalidades del tratamiento, las opciones para limitar su uso, los mecanismos para ejercer los derechos ARCO y el procedimiento para informar sobre cambios en el aviso, garantizando transparencia y control para los titulares.
  • Transferencia de datos: Los datos personales solo pueden transferirse a terceros si el titular lo autoriza en el aviso de privacidad, y el receptor debe cumplir las mismas obligaciones de protección. Sin embargo, no se requiere consentimiento cuando la transferencia es obligatoria por ley, necesaria para servicios médicos, parte de un contrato, requerida para el interés público, la justicia o la defensa de derechos, o entre empresas del mismo grupo.
  • Competencias de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en Materia de Transparencia y Protección de Datos: La reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal otorga a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno la facultad de ejercer las atribuciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, así como la responsabilidad de conocer los procedimientos relacionados con su protección, verificación e imposición de sanciones.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 

  • Competencias de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno: Se confiere a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno la competencia para ejercer las atribuciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, así como para conocer de los procedimientos relativos a su protección, verificación e imposición de sanciones.

Abrogación de Leyes Relacionadas con la Protección de Datos y Transparencia

Se abrogan las siguientes leyes:

  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010. 
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015 y sus modificaciones posteriores. 
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2016 y sus modificaciones posteriores. 
  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2017.

Se espera que con estas modificaciones se tenga una homologación en las reglas, los principios, las bases, los procedimientos y en general los mecanismos en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, además de incluir criterios de interpretación que, en su momento, emitió el INAI y que actualmente aplican los sujetos obligados.

Entrada en vigor

Esta modificación entró en vigor el 21 de marzo de este año, un día después de su publicación, con excepción de los artículos 71 y 72 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que entrarán en vigor cuando se extingan la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

En Stratego Firma, nos comprometemos a mantenerte informado sobre los cambios legales más relevantes.

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