Este proyecto deriva de la reforma a la Ley Federal del Trabajo que se publicó el 11 de enero del año 2021.

 

El pasado 15 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo. A partir de la publicación, los interesados contaron con 60 días naturales para presentar comentarios. 

 

Este proyecto deriva de la reforma a la Ley Federal del Trabajo que se publicó el 11 de enero del año 2021. Con base en esta reforma se contempló que a través de una Norma Oficial Mexicana, se regularicen las medidas preventivas para los riesgos de trabajo a los que están expuestos las personas teletrabajadores.

 

Se espera que esta norma entre en vigor y se haga oficial su publicación en los próximos días, por lo tanto, las empresas deben empezar a prepararse para cumplir con los requisitos de la PROY-NOM-037-STPS-2022.

A continuación te enlistamos las 12 claves para comprender las obligaciones que el patrón debe cumplir con esta nueva Norma. 

  • Contar con un listado de las personas teletrabajadoras. Este listado deberá contar por lo menos con los siguientes datos: 
  • Nombre del trabajador
  • Género
  • Puesto de trabajo
  • Perfil de puesto
  • Teléfono de contacto
  • Domicilio 
  • Lugar de trabajo acordado donde llevará a cabo las actividades 


  • Condiciones básicas en el lugar de trabajo. El lugar de trabajo deberá cumplir con los siguientes requisitos: 
  • Contar con conexión a internet adecuada para el trabajo a desempeñar. 
  • Que estén en buen estado las instalaciones eléctricas, iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas


  • Contar con una Política de Teletrabajo. Esta política debe estar por escrito y difundirla entre las personas teletrabajadoras. Deberá contener lo siguiente:
  • Que promueva la cultura de prevención de riesgos de trabajo.
  • Mecanismos de participación, para evitar el aislamiento social, ya sea por reuniones presenciales o virtuales.
  • La forma en cómo se llevará a cabo la supervisión y contacto. Se deberá cuidar la intimidad de las personas. 
  • Duración de la jornada de trabajo o la distribución de los horarios. Se incluirá tiempo de descanso y desconexión al término de la jornada laboral.
  • Derechos de las condiciones laborales. 
  • Promoción de la perspectiva de género y la conciliación de la vida personal. 
  • Que exista el compromiso de igualdad de trato, esto abarca la remuneración, capacitación, seguridad social e igualdad de oportunidades. 
  • Promoción y vigilancia de la salud de las personas teletrabajadoras.
  • Que se indique el procedimiento para notificar al patrón los cambios de domicilio o traslados temporales. 
  • Señalar las responsabilidades y obligaciones de las personas teletrabajadores y del patrón. 
  • Que se indique el procedimiento para revertir el teletrabajo. 


  • Informar los riesgos a los que están expuestos. Estos riesgos se pueden dar por la posible exposición a los agentes y a los factores de riesgo, tanto ergonómico como psicosocial, así como de las posibles consecuencias para la salud asociadas a estas exposiciones. 


  • Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Se verificará a través de una comprobación física o virtual. Se vigilará que las instalaciones eléctricas, iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas, se encuentren en buen estado de funcionamiento. 


  • Reversibilidad de la modalidad de teletrabajo. Se deberá establecer el proceso para que las personas teletrabajadoras soliciten cambiar a la modalidad presencial. También se deberá considerar la comunicación, cuando debe asistir al centro de trabajo, la supervisión y el mantenimiento al equipo o las herramientas de trabajo. 

  • Entrega de materiales, equipos o herramientas de trabajo como, sillas ergonómicas, insumos o aditamentos que garanticen condiciones ergonómicas, y posturales. 


  • Mantenimiento a los equipos de trabajo proporcionados. Se deben establecer los procedimientos o cronogramas para que se lleve a cabo el mantenimiento a los equipos tecnológicos entregados. 


  • Capacitación. Las personas teletrabajadoras deberán ser capacitadas, por lo menos una vez al año, sobre las condiciones de seguridad y salud en su lugar de trabajo. 


  • Aviso de accidentes de teletrabajo. Se dará seguimiento a los accidentes que las personas trabajadoras hayan sufrido por motivo de sus actividades laborales. 


  • Participación de la Comisión de Seguridad e Higiene. Se le deberán entregar las listas de comprobación y la evidencia fotográfica con la que se cuente.  


  • Mecanismos de atención a violencia familiar. El teletrabajador puede solicitar apoyo cuando se encuentre en una situación vulnerable. 

 

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