Repartidores y conductores de plataformas digitales: ¿socios o trabajadores?

“Ni Un Repartidor Menos” pide que repartidores y conductores de empresas como Rappi, Uber y Didi sean reconocidos como trabajadores y no como “socios”.

El cuestionamiento al marco laboral de “socios” de plataformas digitales atrajo la atención de senadores, tras paro convocado por el movimiento “Ni Un Repartidor Menos”.

Los repartidores y conductores de empresas como Rappi, Uber y Didi piden ser reconocidos como trabajadores y no como “socios”, para acceder a derechos laborales.

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Ante la manifestación del 3 de noviembre, senadores de Morena, Movimiento Ciudadano y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) se comprometieron a trabajar en un marco legal.

​​”Hago un llamado a legislar en favor de las personas repartidoras en plataformas digitales. Se debe dignificar su labor que ha sido fundamental en esta pandemia por #COVID19 y garantizarles seguro médico, prestaciones y sueldo base”, publicó el perredista Miguel Ángel Mancera en sus redes sociales.

Por su parte, la morenista Margarita Valdez llamó a reformar la Ley Federal del Trabajo y la del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para proteger al personal que labora en dichas plataformas digitales.

En contraste, los esfuerzos de las plataformas digitales para que sus “socios” accedan a la seguridad social han apuntado en otra dirección. 

Por ejemplo, el pasado 30 de septiembre firmaron un convenio para que “socios” de  Beat, DiDi, Rappi y Uber se incorporen al IMSS, pagando una cuota cercana a 40 pesos diarios.

Piden ser trabajadores, no socios

El pasado 3 de noviembre, los “socios” de plataformas como Rappi, Uber y Didi cesaron labores y marcharon en la Ciudad de México para exigir entre otras cosas:

  • Ser reconocidos como trabajadores y no como “socios”.
  • Sueldo base.
  • Pago adicional que contemple condiciones como lluvia y horario nocturno.
  • Seguro de gastos médicos.
  • Licencias pagadas por enfermedad o accidente, entre otras.

Se trató de un paro internacional convocado por “Alianza World Action”, un conjunto de colectivos de repartidores de Estados Unidos y Latinoamérica. 

En México, “Ni Un Repartidor Menos” convocó y organizó la marcha, en memoria de 56 repartidores fallecidos en accidentes viales o asaltos, desde marzo del 2020.

Según el movimiento, tres de las plataformas (sólo de Rappi se dio a conocer el nombre) ya establecieron  mesas de trabajo.

Han hablado de temas como deudas fantasma, desactivación y reactivación de cuentas, además de temas de seguridad y género. 

Trabajadores independientes: el estatus que les dan las plataformas

El 30 de septiembre, Beat, DiDi, Rappi y Uber firmaron un convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para que los “socios” que se autoemplean participen en un programa piloto de incorporación al seguro social.

Les permite registrarse -voluntariamente y pagando alrededor de 40 pesos diarios- en el Régimen Obligatorio de Personas Trabajadoras Independientes para acceder a estos seguros:

  • Enfermedades y Maternidad
  • Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida
  • Retiro
  • Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
  • Guarderías y Prestaciones Sociales

Además podrán registrar a sus beneficiarios legales, tales como cónyuges, padres e hijos. De tal manera que podrán tener acceso a:

  • Servicios médicos
  • Servicios hospitalarios
  • Medicamentos

¿Las plataformas digitales son patrones?

“Estas afirman no estar constituidas como patrones, por lo que niegan una relación laboral con los usuarios conductores y usuarios repartidores pese a que existen criterios internacionales que señalan que sí existe subordinación”, comenta sobre el tema Saúl Martínez, colaborador de Stratego Firma.

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¿Deberá reformarse la Ley Federal del Trabajo para que se reconozcan como trabajadores?

“La incorporación al régimen del Seguro Social de los repartidores y conductores de Beat, DiDi, Rappi y Uber, por el momento es de manera voluntaria, y deja de lado el reconocimiento de la relación laboral, a pesar de que existen condiciones, actividades y características que pueden configurar la existencia de la relación laboral.

“Sin embargo, la puesta en marcha de este programa piloto, establece el inicio para una posible reforma laboral que pretenda proteger los derechos laborales indispensables”, zanja sobre el tema nuestro colaborador.

Con información de Saúl Martínez

 

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