La seguridad e higiene en el ámbito industrial ha tenido gran avance desde finales de la primera revolución industrial y actualmente cuenta con amplia normatividad para que los trabajadores desarrollen sus actividades de forma segura.
Empresarios, trabajadores y gobierno han participado en la creación de protocolos y procedimientos para mantener condiciones adecuadas y salubres en los centros.
Las medidas se deben ir adecuando según las circunstancias como es el caso con la actual pandemia que azota a todo el planeta: además de atender los actos y/o condiciones inseguras en la fuente de trabajo, deben implementarse medidas que ayuden a prevenir la enfermedad del Covid-19.
Al respecto, la Secretaría de Trabajo expide Normas Oficiales Mexicanas (NOM), algunas aplican a cualquier actividad económica y otras son específicas para cierto giro.
Por consiguiente, el patrón debe identificar las NOM que le sean aplicables y para lograrlo se puede apoyar de la NOM-030-STPS-2009 Servicios preventivos de seguridad y salud, la cual señala que se deben realizar dictámenes necesarios para establecer condiciones de seguridad e higiene acorde a las necesidades físicas del centro de trabajo y al número de personas que acuden.
¿Para qué se requieren dictámenes en el tema de seguridad e higiene?
Los dictámenes tendrán por objetivo:
- Identificar los posibles riesgos, condiciones inseguras y riesgos de contagio.
- Proponer una solución para evitar los posibles accidentes o enfermedades con motivo del trabajo, entre ellos, la propagación del Covid-19.
Una vez el patrón cuente con un dictamen de la situación, se podrán implementar las medidas pertinentes en el centro de trabajo.
Se requiere conocer la condición actual del centro de trabajo, antes de determinar medidas, ya que no toda la normativa aplica igual.
Debe considerarse la actividad o proceso operativo que se lleva a cabo, y con base en los dictámenes, promover soluciones a condiciones inseguras.
Además, es esencial vigilar los cumplimientos sanitarios entre los trabajadores.